Sitges tiene un encanto especial… el clima, la excelente calidad de vida que ofrece, su proximidad con Barcelona y el aeropuerto del Prat… Tal vez por todo esto sea el lugar ideal para residir para muchos extranjeros.
En Sitgeshouses recibimos muchas consultas acerca de la compra de propiedades por parte de personas no residentes en España. Con este artículo vamos a explicar brevemente los pasos que hay que seguir, es sencillo si le acompañan profesionales durante todo el proceso.
Requisitos para que un extranjero pueda comprar piso en España:
1.- Debe disponer de un NIE (número de identificación de extranjeros). En Sitgeshouses nos ocupamos de realizar este trámite si lo desea, aunque se puede solicitar desde su país de origen a través del consulado o la embajada, indicando el motivo por lo que se solicita.
2.- Abrir una cuenta bancaria en España, es obligatorio ya que los impuestos derivados de la compra-venta de la propiedad deberán liquidarse en España, también para pagar los suministros. Para abrir la cuenta será necesario presentar el NIE, el pasaporte y un documento oficial (traducido al castellano) que justifique la procedencia de los ingresos así como su solvencia.
3.- Elegir vivienda. No es tarea fácil y residir en el extranjero lo complica un poco, lo ideal es ponerse en manos de un profesional cualificado que tenga una trayectoria sólida y amplia experiencia en la venta de propiedades a clientes extranjeros.
En Sitgeshouses seleccionamos previamente para nuestros clientes extranjeros las propiedades que más se ajusten a sus intereses y necesidades. Gracias a este trabajo previo, cuando deciden visitarnos encuentran rápidamente la casa que buscan. Les acompañamos durante todo el proceso, con la tranquilidad de que hablamos varios idiomas y podremos explicarle en su propio idioma cualquier duda que le pudiera surgir.
4.- Una vez elegida la vivienda que va a adquirir, el siguiente paso es la firma del contrato de Arras, el contrato privado entre comprador y vendedor que formaliza el acuerdo de compra-venta de la propiedad, entregando un importe acordado como garantía de que se va a efectuar la compra de la casa
5.- La escritura pública de compraventa, que se realiza ante notario con el fin de formalizar la compra-venta de la vivienda. El vendedor entrega toda la documentación que prevé la legislación vigente sobre la casa que vende y los documentos que certifican que está al corriente de pagos y obligaciones tributarias. En este mismo acto, el comprador realizará el pago de la totalidad del importe de la propiedad mediante cheque bancario, o bien, en caso de haber solicitado una hipoteca, acudirá un representante legal de la entidad financiera para formalizar en la escritura el crédito hipotecario que le hayan han otorgado.
6.- Instalarse en el nuevo hogar. Después de la compra de la vivienda, con nuestro servicio de Relocationtodo será más sencillo. Cuente con nosotros para contratar los profesionales de confianza que necesite, como personal doméstico, gestión de trámites administrativos, mudanzas, contratación de suministros, búsqueda de colegio para sus hijos, contratación de seguros…»