Inmersos en plena campaña de la renta, muchos se preguntan si pueden deducir su préstamo hipotecario en el IRPF. Desde Sitgeshouses queremos ayudar a nuestros seguidores a aclarar algunas de las dudas al respecto. Las condiciones para la deducción son:
– La hipoteca debe ser sobre la vivienda de uso hanitual.
– La adquisición de la propiedad y la firma de la correspondiente hipoteca debe ser anterior al 1 de enero de 2013.
Otros datos a tener en cuenta:
– La deducción aplicable es del 15% sobre un máximo de 9.040€ siempre pagados durante el año fiscal, lo que supone que el importe máximo a deducir en el IRPF es de 1.356€.
– En el caso de que la suma del total de las cuotas no llegue al máximo deducible (9.040€), para beneficiarse de la deducción máxima, puede amortizar hipoteca hasta llegar a este máximo antes de finalizar el año fiscal.
En Sitgeshouses, inmobiliaria de referencia, nos apasiona nuestro trabajo y permanentemente actualizamos nuestra formación para ofrecer a nuestros clientes toda la información sobre cualquier tema relacionado con la vivienda. No dude en consultarnos, estamos en Bóvila, 1 de Sitges.